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![]() | Antonieta Vera Hernández Opinión de AVH |
20 Oct 2026
¿Quién protege tu mente cuando una empresa puede leerla?
La neurotecnología y la inteligencia artificial ya pueden registrar la actividad del cerebro e inferir lo que sentimos y decidimos. México todavía NO tiene una vía clara para defender a las personas cuando quien interviene es una empresa.
Durante siglos, la mente fue el último refugio de la libertad, lo que pensábamos era nuestro mientras NO lo dijéramos. Esa frontera empieza a moverse.
Diademas que miden la actividad cerebral, aplicaciones que deducen nuestro estado de ánimo y plataformas diseñadas para capturar la atención ya forman parte de la vida diaria. La pregunta jurídica ya NO es si la tecnología puede asomarse a la mente, sino quién nos protege cuando lo hace sin permiso y de manera ilegítima.
Actualmente existe un precedente que llegó desde Chile, el 9 de agosto de 2023, la Corte Suprema de Chile dictó su primera sentencia sobre datos cerebrales, hoy referencia en todo el mundo. El exsenador Guido Girardi había comprado Insight, una diadema de la empresa estadounidense Emotiv que registra la actividad eléctrica del cerebro.
Al usarla, sus datos cerebrales quedaron almacenados en los servidores de la compañía, un uso que, según alegó, nunca consintió realmente; y, por ello la Corte Chilena le dio la razón y ordenó a Emotiv borrar toda la información almacenada y pidió a las autoridades sanitarias y aduaneras revisar que el dispositivo cumpliera la ley de ese país; el máximo tribunal consideró afectada la integridad física y psíquica del usuario.
Chile pudo resolverlo porque, desde 2021, su Constitución protege expresamente la actividad cerebral y la información que proviene de ella; pero, qué pasaría si el mismo caso ocurriera en México?
Las neurotecnologías ya NO son solo equipo de hospital; hoy existen dispositivos de consumo, como diademas, audífonos o relojes, que captan señales del sistema nervioso procesadas con inteligencia artificial; esas señales permiten inferir emociones, niveles de atención, preferencias o intenciones que la persona nunca expresó.
En razón a ello, propongo distinguir tres niveles:
1. Captar: Registrar la actividad cerebral.
2. Inferir: Deducir de esos datos lo que pensamos o sentimos.
3. Modular: Diseñar estímulos que influyan en nuestras decisiones sin que lo notemos.
Ahora ni siquiera hace falta un sensor en la cabeza, el rastro de nuestra conducta digital, procesado por algoritmos, también puede revelar mucho de nuestra vida mental.
La inteligencia artificial por sí sola NO lee mentes; pero, combinada con la neurotecnología y con los datos que dejamos en cada dispositivo, puede acercarse a hacerlo.
México NO parte de cero, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, protege la dignidad, la vida privada y los datos personales, y la Suprema Corte de 2Justicia ha determinado como derecho la autodeterminación informativa; sin embargo, el problema más serio es procesal.
El juicio de amparo, nuestra gran herramienta de defensa, procede contra particulares solo cuando realizan actos equivalentes a los de autoridad y sus funciones están determinadas por una norma general, conforme lo ha establecido el artículo 5, fracción II, de la Ley de Amparo; y, es aquí donde empieza el problema, una empresa tecnológica que capta o manipula la actividad mental de sus usuarios casi nunca encaja en ese supuesto.
A eso considero se suma un obstáculo práctico, cómo prueba una persona que un algoritmo intervino en su mente? Los registros y datos están en manos de la empresa; la persona solo percibe los efectos. El resultado es un derecho vigente solo en la norma, sin aplicación eficaz para su defensa.
El habeas corpus nació para proteger el cuerpo frente a la detención arbitraria; el habeas data, para proteger nuestra información personal. Mi propuesta es dar el siguiente paso con el “Habeas Mentem”, una garantía jurisdiccional que proteja la mente frente a intervenciones tecnológicas ilegítimas que provengan de autoridades o de particulares.
La propuesta que sostengo se basa en:
1. La Teoría de la Inviolabilidad Cognitiva, que ordena en un solo régimen jurídico la privacidad mental, la integridad psíquica y la libertad de pensamiento, hoy dispersas en distintas normas en nuestro país.
2. El Protocolo V.E.R.A. (Valoración de Estimulación y Reactividad Algorítmica), un estándar pericial que combina informática forense, análisis de los datos de interacción y evaluación neuropsicológica, para que un juez pueda valorar si hubo una intervención y qué efectos produjo.
3. Un proyecto legislativo que incorpore la garantía al orden constitucional mexicano con reglas claras, como quién puede promoverla, contra quién, qué medidas urgentes procede dictar (como suspender el tratamiento de datos u ordenar su borrado) y qué reparación corresponde.
En el debate internacional ya se habla de “Habeas Mentem” como principio; lo que propongo, es convertirlo en una herramienta concreta que cualquier persona en México pueda usar ante un juez.
Por qué ahora, Porque el mundo ya se movió. En 2023, el Comité Jurídico Interamericano de la OEA aprobó una declaración de principios sobre neurociencias, neurotecnologías y derechos humanos.
El 11 de noviembre de 2025, la UNESCO adoptó su Recomendación sobre la Ética de la Neurotecnología, que reconoce riesgos para la privacidad mental, la identidad y la libertad de pensamiento, incluso a partir de datos que no provienen directamente del cerebro.
En México, el tema ya llegó al Congreso; en 2024, se presentó en el Senado una iniciativa de Ley General de Neuroderechos y Neurotecnologías, y en 2026 se planteó en la Cámara de Diputados una reforma constitucional en la materia. Las iniciativas existen; lo que falta es la garantía que permita hacer valer esos derechos ante un juez.
Debemos considerar a “La mente”, como último territorio de la libertad; pues, la tecnología puede ser una gran aliada de la humanidad, siempre que permanezca a su servicio. La dignidad humana como límite al poder tecnológico; la libertad cognitiva como exigencia de autonomía; y la tutela jurisdiccional como garantía 3 frente a las intervenciones ilegítimas. Esa es la respuesta que el derecho necesita para proteger lo más íntimo que tenemos, NUESTRA MENTE.
Dra. María Antonieta Vera Hernández
Secretaria Estatal de la Mujer CONAMEX-Veracruz
Autora de la propuesta Habeas Mentem y del libro en preparación “Habeas Mentem. Neuroderechos, inviolabilidad cognitiva y tutela jurisdiccional en México”